Mantenimiento de puertas cortafuego: qué exige la normativa y cada cuánto hay que revisarlas

Mantenimiento de puertas cortafuego: qué exige la normativa y cada cuánto hay que revisarlas

Una puerta cortafuego no es un mueble, es un elemento de seguridad activo

Se instala una vez y, a partir de ahí, muchas empresas dejan de pensar en ella.

Está ahí. Cierra. No hace ruido. No da ningún problema.

Y precisamente por eso se le pierde de vista.

Pero una puerta cortafuego no es un elemento decorativo ni un simple acceso. Es un sistema de seguridad activo, con una función muy concreta: contener el fuego y el humo el tiempo suficiente para que las personas puedan evacuar y los equipos de emergencia puedan actuar.

Y como todo sistema de seguridad, necesita revisarse. No porque lo diga el sentido común. Porque lo exige la normativa.

Qué dice el CTE DB-SI (y qué no dice)

El Código Técnico de la Edificación, en su Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio (CTE DB-SI), es la referencia principal para el diseño y la instalación de puertas cortafuego en España.

Define los requisitos que debe cumplir la puerta: resistencia al fuego (clasificada en minutos: EI 30, 60, 90, 120, 180 o 240) y, en muchos casos, estanqueidad al humo. Todo ello certificado mediante marcado CE, conforme a la norma UNE-EN 1634-1.

Hasta aquí, lo que exige el CTE es claro: qué puerta instalar y cómo debe comportarse frente al fuego.

Lo que el CTE no resuelve es qué pasa después de la instalación. Y ahí es donde muchas empresas dan el tema por cerrado, cuando en realidad solo ha empezado.

Mantenimiento de puertas cortafuego: qué exige la normativa y cada cuánto hay que revisarlas

La norma que sí marca la periodicidad: UNE 23740-1

Para el mantenimiento, la referencia es otra: la norma UNE 23740-1.

Esta norma parte de una idea muy simple, pero que se olvida con facilidad: una puerta cortafuego debe mantener sus prestaciones certificadas durante toda su vida útil. No basta con que funcionara bien el día de la instalación.

Para eso, establece qué hay que revisar y con qué frecuencia mínima.

¿Cada cuánto hay que revisarla en tu caso?

Como mínimo, una vez al año. Esa es la periodicidad base que marca la norma para cualquier puerta cortafuego.

Pero «como mínimo» es la clave. La frecuencia real depende del uso:

– Zonas de bajo tránsito (salas técnicas, archivos): revisión anual.
– Zonas de tránsito medio (pasillos de oficinas, escaleras): revisión anual, con comprobación visual semestral.
– Zonas de alto uso o alta ocupación (hoteles, hospitales, parkings, centros comerciales): revisión anual, con inspecciones trimestrales.

Cuanto más se usa una puerta, más se desgastan sus elementos. Y cuanto más se desgastan, menos margen hay para confiar en que seguirá funcionando cuando de verdad importe.

¿Quién es responsable si la puerta falla?

Aquí hay un punto que sorprende a muchas empresas y comunidades de propietarios: la responsabilidad del mantenimiento no es del fabricante ni del instalador.

Es del titular del edificio o instalación. En el caso de una comunidad de propietarios, de la propia comunidad. En el caso de una empresa, del titular de la actividad.

Eso significa que, si una puerta cortafuego falla en caso de incendio y no puede demostrarse un mantenimiento adecuado y documentado, la responsabilidad recae sobre quien debía haberla revisado. No sobre quien la fabricó ni sobre quien la instaló años atrás.

Qué incluye una revisión de verdad

Una revisión de puertas cortafuego que cumple con la UNE 23740-1 no es «mirar si cierra». Incluye, entre otros puntos:

– Cierre completo, sin holguras ni obstrucciones
– Juntas intumescentes en buen estado, continuas y sin pintar
– Cierrapuertas funcionando correctamente, sin fugas ni pérdida de fuerza
– Herrajes y bisagras bien fijados y homologados
– Barras antipánico, cuando corresponda
– Cerraduras y manetas con recorrido correcto

Y, junto a la revisión física, la documentación: informes firmados y fechados, registro de mantenimientos y reparaciones, marcado CE y declaración de prestaciones originales.

Sin esa documentación, aunque la puerta esté en perfecto estado, no hay forma de demostrarlo.

El mantenimiento no es un trámite, es una garantía

Revisar una puerta cortafuego una vez al año no es mucho pedir. El problema es que, al no dar señales de fallo, es fácil posponerlo. Un año. Y luego otro.

Hasta que llega el día en que de verdad se necesita que funcione. Y ese día no hay margen para el «casi».

En Hergoy revisamos, mantenemos y documentamos las puertas cortafuego de instalaciones industriales, comunidades y edificios de uso profesional, para que cumplan con la normativa y, sobre todo, con lo que de verdad importa: funcionar cuando hace falta.

¿Sabes cuándo se revisaron por última vez las puertas cortafuego de tu edificio o instalación? En Hergoy podemos revisarlo contigo, sin compromiso.

Contáctanos sin compromiso.

Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar el análisis de la navegación de los usuarios y mejorar nuestros servicios. Al pulsar Acepto consiente dichas cookies. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, pulsando en Más información

Los ajustes de cookies en esta web están configurados para «permitir las cookies» y ofrecerte la mejor experiencia de navegación posible. Si sigues usando esta web sin cambiar tus ajustes de cookies o haces clic en «Aceptar», estarás dando tu consentimiento a esto.

Cerrar