PORTONES MANUALES Y MOTORIZADOS
En la actualidad, una gran cantidad de los accidentes laborales que ocurren se producen durante la utilización de los portones existentes en los lugares habituales de trabajo, principalmente estos accidentes consisten en atrapamientos y desplomes, siendo Las causas de estos principalmente la ausencia de dispositivos de seguridad o el deterioro de los mismos por estar carentes de su respectivo mantenimiento.
Debemos hacer una clara diferencia entre portones manuales y motorizados, porque, aunque sus funciones son similares, tanto la normativa, como las medidas de seguridad cambian notablemente.
¿Qué obligaciones tiene el fabricante de un portón?
En el caso de que el portón sea manual, el fabricante deberá presentar la siguiente documentación:
- Marcado CE con sus inscripciones obligatoria.
- Declaración de Prestaciones.
- Instrucciones (de funcionamiento, uso, mantenimiento y, en su caso también de instalación) e información sobre seguridad.
En el caso que sea automático el portón abra que aportar además de todo lo anterior:
- Libro de mantenimiento.
- Declaración CE de Conformidad.
¿Qué obligaciones hay en el caso de Modificar un portón?
Es importante destacar que, si se realiza una modificación sustancial en un portón, entendiendo por tal aquella modificación que altere el diseño, las prestaciones, el propósito o el tipo original del mismo, se adquieren nuevas obligaciones, nuevamente distinguiendo entre el tipo de portón modificado, así:
En el caso de que el portón sea manual, no debe emitirse ninguna documentación específica ni modificar los marcados existentes salvo que se motorice la puerta (en ese caso, aplicar los criterios de modificación sustancial para puertas motorizadas).
Si por el contrario, se modifica un portón motorizado, la documentación a aportar será la siguiente:
- Nueva declaración CE de Conformidad.
- Modificar/colocar Marcado CE con sus inscripciones obligatorias.
- Nuevas instrucciones (de funcionamiento, uso y mantenimiento) e información sobre el Libro de mantenimiento.
Aunque es imposible realizar un listado exacto de las posibles modificaciones sustanciales que se pueden realizar en un portón, desde Hergoy os indicamos algunas de las más habituales:
- La motorización de una puerta manual ya instalada.
- Los cambios del motor por otro distinto de una puerta motorizada.
- La instalación de elementos de seguridad que antes no existían y que afectan almovimiento o cierre.
Las reparaciones o modificaciones como la sustitución de piezas por otras nuevas, no suponen una adaptación a la normativa actual.
El Servicio de Prevención en que consiste:
- En proporcionar a los trabajadores la información y formación adecuadas de las medidas preventivas correspondientes sobre los riesgos derivados de su utilización, esta información deberá contener indicaciones sobre un correcto uso, teniendo siempre en cuenta las instrucciones del fabricante, así como las situaciones anormales o peligrosas que puedan preverse.
- Incluir los riesgos derivados de la utilización de las puertas en la Evaluación de Riesgos Laborales y Planificación de la Actividad Preventiva del centro de trabajo.
Reevaluar las condiciones de seguridad si se realiza una modificación importante del mismo e igualmente reevaluar en caso de producirse un accidente.
Las obligaciones de las empresas que tienen instalados los portones ¿Cuáles son?
- Exigir al instalador/fabricante que entregue la documentación indicada anteriormente.
- Mantener el manual de instrucciones de funcionamiento, uso y mantenimiento adisposición de los trabajadores.
- Utilizar y mantener el portón conforme al manual de instrucciones de funcionamiento,uso y mantenimiento, así como a la información sobre seguridad proporcionada por elinstalador/fabricante.
- Realizar las revisiones y mantenimiento del portón con la periodicidad y por el personalcompetente según lo indicado en el libro de mantenimiento. En caso de no disponer dedicha información, la Norma UNE 85635:2012 recomienda unas periodicidades mínimas para portones automáticos.
- Se deberá tener en cuenta que las operaciones de mantenimiento de los equipos detrabajo cuya realización suponga un riesgo específico para los trabajadores solo podrán ser encomendadas al personal especialmente capacitado para ello.
- Los portones que sean utilizados por trabajadores deberán cumplir las disposicionesmínimas de seguridad establecidas en el Anexo I y Anexo II del R.D. 1215/97.
- Es muy recomendable solicitar a una empresa especializada en instalación y mantenimientode portones un estudio sobre sus condiciones de seguridad.
- Impedir el funcionamiento del portón dejándolo fuera de servicio cuando se tengaconocimiento de que no reúne los requisitos mínimos de seguridad o se detectensituaciones peligrosas. Se proporcionarán instrucciones a los trabajadores para quepongan fuera de servicio de forma segura los portones averiados.
- Dar instrucciones a los trabajadores para que no se utilicen de forma continuada enmodo manual los portones motorizados averiados, ya que se produce un mayordeterioro de los dispositivos de seguridad aumentando el riesgo de producirse un accidente.
- Informar rápidamente a la empresa encargada del mantenimiento en caso de detectar alguna anomalía en su uso, al dejar el portónfuera de servicio o en modo manual, al detectarse cualquier situación que pudiera ser peligrosa, antes derealizar cualquier modificación y de forma previa a poner de nuevo en funcionamientodespués de un periodo prolongado sin servicio.
Y las obligaciones de los trabajadores ¿Cuáles son?
Adoptar todas las medidas preventivas recibidas por la empresa y el Servicio de Prevención,comunicando cualquier funcionamiento anormal del portón.
Normativa aplicable: Respecto a los portones motorizados:
- Desde el 1 de enero de 1995:
Marcado CE con las inscripciones previstas en las disposiciones europeas relativas a las máquinas.
• Declaración CE de Conformidad con las disposiciones europeas relativas a las máquinas. - Desde el 1 de enero de 1996:
Marcado CE con las inscripciones previstas en las disposiciones europeas relativas a lasmáquinas y a la compatibilidad electromagnética de los equipos eléctricos y electrónicos.
• Declaración CE de Conformidad con las disposiciones europeas relativas a las máquinas y a la compatibilidad electromagnética de los equipos eléctricos y electrónicos. - Desde el 1 de mayo de 2005:
Marcado CE con las inscripciones previstas en las disposiciones europeas relativas a productos de la construcción (Directiva 89/106/CEE), a las máquinas y a la compatibilidad electromagnética de los equipos eléctricos y electrónicos.
• Declaración CE de Conformidad con las disposiciones europeas relativas a productos de la construcción, a las máquinas y a la compatibilidad electromagnética de los equipos eléctricos y electrónicos. - Desde el 1 de julio de 2013:
Marcado CE con las inscripciones previstas en las disposiciones europeas relativas a productos de la construcción (Reglamento (UE) n 305/2011), a las máquinas y a la compatibilidad electromagnética de los equipos eléctricos y electrónicos.
• Declaración de Prestaciones de acuerdo a lo previsto en las disposiciones aplicables aproductos de la construcción.
• Declaración CE de Conformidad con las disposiciones europeas relativas a las máquinas y a la compatibilidad electromagnética de los equipos eléctricos y electrónicos.
Respecto a los portones manuales:
- Desde el 1 de mayo de 2005:
Marcado CE con las inscripciones previstas en las disposiciones europeas relativas a productos de la construcción (Directiva 89/106/CEE).
• Declaración CE de Conformidad con las disposiciones europeas relativas a productos de la construcción.
- Desde el 1 de julio de 2013:
Marcado CE con las inscripciones previstas en las disposiciones europeas relativas a losproductos de la construcción (Reglamento (UE) n 305/2011).
• Declaración de Prestaciones de acuerdo a lo previsto en las disposiciones aplicables aproductos de la construcción.
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